Historia de las Comunas Porteñas
En el año 1994 se reformó la Constitución Nacional declarando la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. A partir de ese acto jurídico se habilitó el derecho a dictar leyes locales y a tener un gobierno independiente del gobierno federal, estableciendo que la democracia en el ámbito de la Capital Federal tenga un carácter participativo. En la sustancia de estos hechos, los siguientes artículos constitucionales manifiestan. El 127, dice: "las comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial (...) una ley establece su organización y competencia"; el 130, describe: "cada comuna tiene un órgano de gobierno colegiado denominado Junta Comunal compuesto por siete miembros elegidos en forma directa"; y en el mismo sentido normativo, el artículo 129: "la ley de presupuesto establece las partidas que se asignan a cada comuna”.