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La Libertad Avanza propone cambios en la Ley de Comunas: comuneros ad honorem, con sanciones y control de asistencia

La iniciativa también conlleva más exigencias para participar del Consejo Consultivo Comunal.

La Ley de Comunas fue sancionada en septiembre de 2005 y generó un cambio en la organización política de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A más de dos décadas de ello, y en medio de simultáneos debates de reformas a nivel nacional y en las provincias, La Libertad Avanza presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley con fuertes modificaciones en la normativa. La iniciativa impulsa que los comuneros cumplan funciones de asesores ad honorem, y fija más exigencias para la participación en el Consejo Consultivo Comunal.

 

El proyecto fue ingresado bajo el Expediente 1132-D-2026 en la última semana y fue girado a la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana. Lleva la firma de Pilar Ramírez, presidenta del bloque de La Libertad Avanza en la Legislatura, que se incrementó con fuerza después del triunfo en las elecciones de mayo pasado. No obstante, para conseguir la aprobación debería tener apoyo del PRO o del peronismo porteño.

La propuesta contempla la modificación de distintos artículos de la Ley 1777 (de comunas), que es la que rige actualmente. Por un lado, se mantiene la autonomía de las comunas respecto al Poder Ejecutivo y en algunos casos se la refuerza, al enfatizar la cuestión presupuestaria. Aunque el Gobierno de la Ciudad conserva la supervisión y puede decidir reglamentariamente sobre las competencias.

El cambio más fuerte se da en los comuneros. Si bien se mantiene la figura de la Junta Comunal de 7 integrantes, el único que conserva su jerarquía es el Presidente de la Junta. Los otros seis juntistas se convierten en asesores, sin recibir ingresos. Así, el cuerpo pierde su estatus colegiado. Con esa responsabilidad central, los Presidentes de Comuna son pasibles de sanción por inasistencias injustificadas o "incumplimiento reiterado de las funciones asignadas".

En términos salariales, la Ley 1.777 establece que los comuneros perciben el 50% de la dieta de un legislador porteño, mientras que el Presidente de la Comuna alcanza el 60%. Hoy, ese parámetro toma como referencia un salario legislativo que ronda los 7 millones de pesos mensuales.

A su vez, se flexibiliza el quórum a 3 miembros presentes superada la media hora, y se habilita a la invitación a vecinos o funcionarios a las reuniones de Junta Comunal. Asimismo, se establece un sistema electrónico de control de asistencia para el Presidente comunal y los trabajadores de la Comuna.

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El otro organismo que sufre modificaciones en esta iniciativa de La Libertad Avanza es el Consejo Consultivo Comunal. Desde lo normativo, se determina que los quince Consejos deberán tener el mismo reglamento. Pero lo más sustancial se da en cuanto a las mayores restricciones para participar del organismo.

El articulado fija criterios para vecinos, comerciantes, profesionales independientes, trabajadores, representantes de personas jurídicas o partidos políticos y organizaciones que deseen participar. Una vez aceptados, exige el 50% de asistencia mínima a las reuniones y delimita en un solo voto por organización o partido político representado.

"El presente proyecto se inscribe en una lógica de reforma estructural orientada a introducir cambios reales en el funcionamiento del Estado, repensando estructuras que han quedado obsoletas o desnaturalizadas y avanzando hacia un modelo institucional más austero, eficiente y centrado en resultados. No se trata de negar la importancia del modelo comunal, sino de actualizarlo y dotarlo de sentido real, asegurando que cada función pública tenga un correlato directo en términos de trabajo efectivo y prestación concreta, eliminando privilegios y evitando la reproducción de gasto sin impacto para los vecinos", plantea la justificación.

"Este proyecto propone terminar con estructuras que no generan resultados y avanzar hacia un Estado más eficiente, donde cada función tenga una responsabilidad concreta y cada peso del contribuyente esté justificado", dice en otro tramo. 

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